02837 a2200265 4500003000800000005001700008007000300025008004100028020001800069020001500087040001700102041000800119050002200127100004100149245012000190260003800310300002900348490004000377520193700417650003902354650004502393650005102438650002602489830005602515BJBSDDR20250714174730.0ta250515s2020 sp 00| 0 spa d a9788429023022 a842902302X bspacBJBSDDR aspa14aK 564bL149r 20201 aLacruz Mantecón, Miguel L.,d1960-10aRobots y personas : buna aproximación jurídica a la subjetividad cibernética /cMiguel L. Lacruz Mantecón. aMadrid :bEditorial Reus, c2020. a276 páginas ; c24 cm.1 aDerecho de las nuevas tecnologías aRobots y personas es una monografía que toma como punto de partida una exposición básica sobre la Inteligencia Artificial y sus presupuestos, así como las elaboraciones en las instituciones europeas sobre este fenómeno, para estudiar la entidad de los sistemas robóticos inteligentes y sus repercusiones en el mundo del Derecho. Con esta finalidad, el estudio se ocupa de los poco afortunados intentos de crear una personalidad electrónica para robots, poniendo de relieve lo que de mero recurso de utilidad tiene esta solución, y proponiendo un examen de la subjetividad de la Inteligencia artificial desligado de la conciencia, la libertad y la voluntad, como cualidades exclusivamente humanas. Esta subjetividad pasa por entender al ente robótico como dotado de inteligencia y de la consiguiente capacidad de acción, pero sin que ésta pueda producir sus efectos a favor de dicho ente, sino sólo en favor del utilizador del sistema robótico: el modelo del esclavo en Roma es paradigmático. Esta misma base sirve asimismo para perfilar la gestión de la responsabilidad por daños causados por el sistema robótico, especialmente los derivados de decisiones autónomas tomadas por el propio sistema. Aquí el modelo de la responsabilidad por el producto defectuoso no basta, y hay que buscar soluciones en ámbitos, como el de la responsabilidad en la circulación de vehículos. Por último, el estudio se ocupa de una novedad que preocupa sobremanera a los científicos en la materia, como es la ética de la IA. En este ámbito se llega a unas conclusiones peculiares, centradas en que la actuación robótica nunca puede ser «moral» en el sentido humano del término, por la anterior carencia de conciencia del sistema de IA. La consecuencia, inesperada, es que la ética robótica no es sino un sistema de control y unas directrices heurísticas para la solución de problemas. 4aRobótica xAspectos jurídicos  4aInteligencia artificial xLegislación  4aInteligencia artificial xAspectos jurídicos 4aResponsabilidad civil 0aColección de derecho de las nuevas tecnologías